viernes, 23 de noviembre de 2007

Proyecto de Centro (PC) y Plan Anual de Centro (PAC)

PROYECTO DE CENTRO.

El PC es el instrumento para la planificación a medio plazo que enumera y define las notas de identidad del mismo, establece el marco de referencia global y los planteamientos educativos que lo definen y distingue, formula las finalidades educativas que pretenda del Centro. Su objetivo es dotar de coherencia y personalidad propia a los Centros.

Corresponde al Equipo directivo coordinar su elaboración en la que deberán participar todos los sectores de la comunidad educativa, de acuerdo con las directrices del Consejo Escolar y las propuestas realizadas por el Claustro de Profesores, las Asociaciones de Padres de Alumnos y las de Alumnos, que deberán tener en cuenta las características del entorno escolar y las necesidades educativas del alumnado. En todo caso, se garantizará los principios y objetivos establecidos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio.

El Proyecto de Centro incluirá las Finalidades Educativas del Centro, el Proyecto Curricular de Centro (PCC) y el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF):

· F Finalidades educativas del centro.

Las FEC constituyen la opción que realiza la comunidad educativa, concretando y priorizando los principios, los valores y las normas legitimadas por el ordenamiento legal vigente, que dotan de identidad y estilo propio de cada Centro.

· P Proyecto curricular de centro.

El PCC constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula el conjunto de actuaciones del Equipo docente de un centro educativo y tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada una de las etapas, en coherencia con las FEC.

· R Reglamento de organización y funcionamiento

El ROF es el instrumento que debe facilitar la consecución del clima organizativo y funcional adecuado para alcanzar las Finalidades Educativas y el desarrollo y aplicación del Proyecto Curricular del Centro PCC.

PLAN ANUAL DEL CENTRO.

El PAC es la concreción para cada curso escolar de los diversos elementos que integran el PC.

El contenido del PAC será:

· P Programaciones didácticas.

Cada Departamento didáctico elaborará para su inclusión en el PAC, la programación didáctica de las enseñanzas que tiene encomendadas, agrupadas en las etapas correspondientes, siguiendo las directrices generales establecidas por el Equipo Técnico Pedagógico.

La programación didáctica de los Departamentos incluirá, necesariamente, los siguientes aspectos, materias o módulos profesionales asignados al mismo.

· M Memoria final de curso.

· R Régimen económico.

· Ó Órganos de gobierno:

o ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES

o EQUIPO DIRECTIVO:

§ DIRECTOR: dirigir y coordinar todas las actividades del Instituto...

§ JEFE DE ESTUDIOS: coordinar las actividades de los Jefes de Departamento...

· Ó Órganos colegiados.

· Ó Órganos de coordinación docente:

- DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN: Dentro de sus funciones está la de promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento.

- DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

- DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS: Dentro de sus competencias está la de promover la investigación educativa y proponer al Jefe de Estudios actividades de perfeccionamiento.

- EQUIPO EDUCATIVO: Estará constituido por todos los profesores que imparten docencia al alumnado de un mismo grupo y será coordinado por su tutor.

- TUTORES

· P Participación del alumnado:

o JUNTA DE DELEGADOS DE ALUMNOS

o DELEGADOS DE GRUPO

Asociación de padres/madres de alumnos/as y asociaciones de alumnos/as

Fuente: DECRETO 200/1997, de 3 de septiembre

1 comentario:

María Dolores Díaz Noguera dijo...

La entrada es correcta. No obstante la fuente la tenemos que cambiar. Esta semana se aprobó en el Parlamento Andaluz la Ley de Educación en Andalucía.